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MANOS LIMPIAS PIDE INVESTIGAR POR PRESUNTA PREVARICACIÓN AL

MANOS LIMPIAS PIDE INVESTIGAR POR PRESUNTA PREVARICACIÓN AL

MANOS LIMPIAS PIDE INVESTIGAR POR PRESUNTA PREVARICACIÓN AL

MANOS LIMPIAS PIDE INVESTIGAR POR PRESUNTA PREVARICACIÓN AL PRESIDENTE DE CORREOS POR EL SELLO DEL PARTIDO COMUNISTA

AL JUZGADO DE INSTRUCCION DE LOS DE MADRID QUE POR TURNO CORRESPONDA

DON MIGUEL BERNAD REMÓN, como Secretario General del SINDICATO COLECTIVO DE

FUNCIONARIOS PUBLICOS MANOS LIMPIAS, con domicilio eXXXXX

Madrid, como mejor proceda en Derecho,

DIGO:

I.- Que, por medio del presente escrito; en virtud de lo dispuesto en el artículo 262 de la Ley de

Enjuiciamiento Criminal “Los que por razón de sus cargos, profesiones u oficios tuvieren noticia de

algún delito público, estarán obligados a denunciarlo inmediatamente al Ministerio fiscal, al Tribunal

competente, al Juez de instrucción y, en su defecto, al municipal o al funcionario de policía más

próximo al sitio si se tratare de un delito flagrante”, formula:

DENUNCIA

Contra el PRESIDENTE DE LA SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELÉGRAFOS SA: DON JUAN MANUEL

SERRANO QUINTANA, con Domicilio en la Vía de Dublín, 7, 6ª planta, 28070, Madrid, por los presuntos

delitos de MALVERSACIÓN DE CAUDALES PÚBLICOS (Artículo 432 C.P.) y PREVARICACIÓN (Artículo 404

C.P.) y contra las personas que a lo largo de la instrucción resulten responsables de los hechos que se

describen.

I

COMPETENCIA

La presente denuncia se interpone ante el JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE LOS DE MADRID, que por

turno corresponda, según establece el artículo 14.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, sin perjuicio de

otras acciones penales, civiles o disciplinarias que inmediatamente se emprendan ante otros órganos

jurisdiccionales y/o administrativos.

II

DENUNCIANTE

El denunciante es el “SINDICATO COLECTIVO DE FUNCIONARIOS PUBLICOS MANOS LIMPIAS”, con CIF

RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DE HECHOS

PRIMERO: Es un hecho incuestionable e incontestable y que por supuesto reviste carácter de delito y

que no se trata de una manifiesta falsa denuncia (Artículo 269 Ley de Enjuiciamiento Criminal), la

EMISIÓN DE UN SELLO DE CORREOS PUBLICITÁNDOSE EL CENTENARIO DEL PARTIDO COMUNISTA DE

ESPAÑA.

SEGUNDO: CONDENA DE LA UNIÓN EUROPEA A LOS REGÍMENES TOTALITARIOS Y EN ESPECIAL EL

NAZISMO Y EL ESTALINISMO

El Parlamento Europeo en su Resolución P9_TA(2019)0021, de 19 de septiembre de 2019, sobre la

Importancia de la memoria histórica europea para el futuro de Europa, condena los regímenes

totalitarios, incluido los partidos comunistas.

Tal resolución se apoya, entre otras resoluciones, en la Resolución 1481 de la Asamblea Parlamentaria

del Consejo de Europa, de 26 de enero de 2006, sobre la necesidad de una condena internacional de los

crímenes de los regímenes comunistas totalitarios.

TERCERO: LA VINCULACIÓN DEL PARTIDO COMUNISTA DE ESPAÑA, DURANTE SU CENTENARIO, CON

EL ESTALINISMO

El Partido Comunista de España a lo largo de este centenario y fundamentalmente en la Guerra Civil

Española (1936-1939), estaba estrechamente relacionado con el régimen ESTALINISTA, tal como se

acredita por el homenaje que ese Partido dio al líder soviético.

Un retrato de Stalin y el propio escudo soviético presidieron el histórico monumento de la Puerta de

Alcalá de Madrid, en octubre de 1937, con motivo del 20º aniversario de la Revolución Rusa.

CUARTO: EL PCE Y PODEMOS HOMENAJEAN A STALIN

Es un hecho que en la actualidad se sigue homenajeando al genocida más cruel de la historia: Stalin.

Según refiere: https://www.outono.net/elentir/2021/03/05/las-juventudes-del-pce-al-que-pertenecendos-

ministros-recuerdan-la-muerte-de-stalin/ las Juventudes del PCE recuerdan su muerte.

Lo hacen sin mencionar que fue un dictador y uno de los peores genocidas

Las juventudes del PCE, al que pertenecen dos ministros, recuerdan la muerte de Stalin

Elentir

Vie 5·3·2021 · 23:26 3

La Unión de Juventudes Comunistas de España (UJCE), organización juvenil del Partido Comunista de

España (PCE), ha vuelto a retratarse hoy en la red.

Jóvenes de Izquierda Unida quieren repetir la antigua URSS: "podemos conseguirla otra vez"

Socios de Unidas Podemos se manifiestan con nostálgicos de Stalin y ningún medio lo cuenta

Las juventudes del PCE recuerdan a Stalin sin decir que era un dictador y genocida

Este viernes se cumplían 68 años de la muerte del dictador comunista Stalin, uno de los mayores

genocidas de la historia. La UJCE ha recordado el aniversario con un tuiteo en el que le citan

como "Secretario General del PCUS y dirigente de la Unión Soviética después de Lenin", sin mencionar

su condición de dictador ni sus crímenes de genocidio y de lesa humanidad.

La UJCE ha criticado a la UE por homenajear a las víctimas del estalinismo

Da la casualidad de que en la web de la UJCE se incluyen textos de Stalin, al que citan como autor de

referencia a la hora de hablar sobre el marxismo, el leninismo, la cuestión nacional y la

socialdemocracia. Las juventudes del PCE también han criticado que la UE dedique un día a recordar a

las víctimas del estalinismo y que el Consejo de Europa condenase los crímenes del comunismo. La

UJCE tacha esas posiciones de "tergiversación histórica".

Dos ministros del Gobierno de Sánchez pertenecen al PCE

Hay que recordar que desde 1986 el PCE es parte de Izquierda Unida, socia de Podemos en la coalición

Unidas Podemos. Como tal, el año pasado el PSOE regaló a Izquierda Unida dos puestos en el

Gobierno de España, y los dos fueron a parar a miembros del PCE: Alberto Garzón y Yolanda Díaz. De

este modo, España es el único país de la Unión Europea que tiene ministros de un partido comunista:

una auténtica vergüenza para nuestro país.

¿Qué tienen que decir Pedro Sánchez y Pablo Iglesias sobre el mensaje de las juventudes de dos de sus

ministros dedicado a Stalin? ¿Qué tienen que decir sobre el negacionismo del PCE respecto de los

crímenes del comunismo? Y sobre todo, ¿con qué cara se atreven a hablar de "memoria democrática"

mientras toleran estas cosas en una organización vinculada al Gobierno?

QUINTO: EL GENOCIDIO EN PARACUELLOS DEL JARAMA, COMETIDO ENTRE OTROS POR EL PARTIDO

COMUNISTA DE ESPAÑA, EN NOVIEMBRE DE 1936, ES CONDENADO POR LA ASAMBLEA GENERAL DE

LA ONU

En Paracuellos del Jarama, en noviembre de 1936, fueron asesinadas entre 5.000 y 10.000 personas, sin

distinción de sexo, edad y condición (sacerdotes, monjas, niños, militares, católicos, etc.) en una clara

prueba de GENOCIDIO tal como lo señala la CONVENCIÓN PARA LA PREVENCIÓN Y LA SANCIÓN DEL

DELITO DE GENOCIDIO Adoptada y abierta a la firma y ratificación, o adhesión, por la Asamblea General

en su resolución 260 A (III), de 9 de diciembre de 1948, Entrada en vigor: 12 de enero de 1951, de

conformidad con el artículo XIII; donde se señala:

Considerando que la Asamblea General de las Naciones Unidas, por su resolución 96 (I) de 11 de

diciembre de 1946, ha declarado que el genocidio es un delito de derecho internacional contrario al

espíritu y a los fines de las Naciones Unidas y que el mundo civilizado condena,

Reconociendo que en todos los períodos de la historia el genocidio ha infligido grandes pérdidas a la

humanidad,

Convencidas de que para liberar a la humanidad de un flagelo tan odioso se necesita la cooperación

internacional, Convienen en lo siguiente:

Artículo I

Las Partes contratantes confirman que el genocidio, ya sea cometido en tiempo de paz o en tiempo de

guerra, es un delito de derecho internacional que ellas se comprometen a prevenir y a sancionar.

Artículo II

En la presente Convención, se entiende por genocidio cualquiera de los actos mencionados a

continuación, perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional,

étnico, racial o religioso, como tal:

a) Matanza de miembros del grupo;

b) Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo;

c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su

destrucción física, total o parcial;

d) Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo;

e) Traslado por fuerza de niños del grupo a otro grupo.

VI

CALIFICACIÓN JURÍDICA DE ESTOS HECHOS Y AUTORÍA EN LA PERSONA DEL DENUNCIADO

Aunque no resulte preceptivo ni necesario en este momento, entendemos que es conveniente efectuar

un acercamiento a las figuras delictivas en la que, desde nuestra perspectiva, encuentran perfecto

acomodo los hechos cometidos por el denunciado.

CONCURSO DE DELITOS

Se ha producido, presuntamente, un delito de PREVARICACIÓN y otro de MALVERSACIÓN DE CAUDALES

PÚBLICOS (STS 18/2014 de 23 de enero).

DELITO DE PREVARICACIÓN. ARTÍCULO 404 DEL C.P.

Doctrina General: La infracción de un deber de actuar conforme al ordenamiento jurídico del que la

autoridad o funcionario es el garante y el primer obligado.

Tipo Objetivo: Arbitrariedad e injusticia en la resolución.

Tipo Subjetivo. La resolución ha de dictarse a sabiendas de su injusticia.

Bien Jurídico Protegido: Tutela el buen funcionamiento de la función pública de acuerdo con los

parámetros constitucionales que orientan su actuación.

DELITO DE MALVERSACIÓN DE CAUDALES PÚBLICOS. ARTÍCULO 432 DEL C.P.

Doctrina General: Constituye un delito contra los deberes de fidelidad que tienen los funcionarios o

autoridades, por lo que no es necesario que conste la lesión patrimonial ni que el ánimo del autor sea

precisamente el lucro (STS 318/2000, de 25 de febrero).

Tipo Objetivo: Debe reunir los siguientes requisitos

a. Cualidad de funcionario público o autoridad del agente.

b. Facultad decisoria.

c. Caudales, consideración de públicos.

d. Sustrayendo o detrayendo los bienes propios de su destino o desviándoles del mismo.

Tipo Subjetivo. Solo es posible la comisión dolosa. El tipo no exige el lucro personal del sustractor.

En virtud de cuanto antecede,

SOLICITO de ese Juzgado, que teniendo por presentado este escrito, tenga por interpuesta por el

COLECTIVO DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS MANOS LIMPIAS, DENUNCIA contra:

DON JUAN MANUEL SERRANO QUINTANA, cuyos datos personales se han hecho constar en el cuerpo

del presente escrito y en sus méritos acuerde admitir a trámite la presente denuncia, incoando las

oportunas Diligencias Previas, por la presunta comisión de los delitos de PREVARICACIÓN y de

MALVERSACIÓN DE CAUDALES PÚBLICOS y por ello acuerde y adopte la práctica de cuantas diligencias

sean necesarias para el esclarecimiento de los hechos denunciados mediante el presente escrito.

En virtud de cuanto antecede,

SUPLICO A ESE JUZGADO:

Que teniendo por presentado este escrito, tenga por interpuesta por el SINDICATO COLECTIVO DE

FUNCIONARIOS PÚBLICOS MANOS LIMPIAS, DENUNCIA contra DON JUAN MANUEL SERRANO

QUINTANA, cuyos datos personales se han hecho constar en el cuerpo del presente escrito; en sus

méritos acuerde admitir a trámite la presente denuncia, incoando las oportunas Diligencias Previas, por

la presunta comisión de los delitos referidos.

Por ser Justicia que, respetuosamente suplico en Madrid, a 12 de noviembre de 2022.

LEER EN:

https://www.europapress.es/nacional/noticia-manos-limpias-pide-investigar-presunta-prevaricacion-presidente-correos-sello-partido-comunista-20221112175627.html

 

https://www.teleprensa.com/articulo/nacional-3/manos-limpias-pide-investigar-presunta-prevaricacion-presidente-correos-sello-partido-comunista/202211121802561338134.html