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MANOS LIMPIAS DENUNCIA A JÉSSICA RODRÍGUEZ

MANOS LIMPIAS DENUNCIA A JÉSSICA RODRÍGUEZ

MANOS LIMPIAS DENUNCIA A JÉSSICA RODRÍGUEZ

MANOS LIMPIAS DENUNCIA A JÉSSICA RODRÍGUEZ (AMANTE DEL EX MINISTRO JOSÉ LUIS ÁBALOS) Y A LOS DIRECTORES DE RECURSOS HUMANOS DE TRAGSATEC E INECO…


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MANOS LIMPIAS DENUNCIA A JÉSSICA RODRÍGUEZ (AMANTE DEL EX MINISTRO JOSÉ LUIS ÁBALOS) Y A LOS DIRECTORES DE RECURSOS HUMANOS DE TRAGSATEC E INECO… – VOZ IBÉRICA (nueva epoca)

Manos Limpias denuncia a Jessica y a responsables de Ineco y Tragsa


Al juzgado de Intrucción que por turno corresponda de Madrid

 

Miguel Bernad Remón con xxxxxxx, con domicilio en la calle xxx, y en su condición de Secretario General del Sindicato Manos Limpias, (Documento no 1 poder del denunciante) por el presente escrito, al amparo del artículo 262 de la ley de Enjuiciamiento Criminal: “Los que por razón de sus cargos,  profesiones u oficios tuvieren noticia de algún delito público, estarán obligados a denunciarlo inmediatamente al Ministerio fiscal, al Tribunal competente, al Juez de instrucción y, en su defecto, al municipal o al funcionario de policía más próximo al sitio si se tratare de un delito flagrante”.

Por el presente escrito formula:

DENUNCIA

 

Contra el Director de recursos humanos de la empresa pública TRAGSATEC  (del grupo

TRAGSA ), y contra el Director de recursos humanos de la empresa pública INECO, por unos delitos de nombramientos ilegales (artículo 405 del C.P.); malversación de caudales públicos (artículo 432 del C.P.), contra el derecho de los trabajadores (artículo 311 y 312 del C.P.),

Y contra la beneficiaria de esos nombramientos ilegales, Jessica Rodríguez (Artículo 406 del C.P.)

Y contra Joseba García Izaguirre y Koldo García Izaguirre como cooperadores necesarios en los

delitos de nombramientos ilegales, malversación de caudales públicos y contra el derecho de lo trabajadores.

Esta denuncia, está basada en la siguiente:

“RELACIÓN DE HECHOS” 

El hilo conductor de esta denuncia, deviene de la declaración como testigo (obligada a decir la verdad de la denunciada), Jessica Rodríguez, en la causa especial 20775/2020 ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo el día 27 de Febrero de 2025.

En síntesis, la denunciada Jessica Rodríguez, manifestó:

.-Que había sido contratada en dos empresas públicas, INECO y  TRAGSATEC.

.- Que durante 3 años percibió un sueldo de esas empresas públicas equivalente al SMI.

.- Que no hizo nada en INECO, y tampoco nada en 6 meses en  TRAGSATEC.

.-Tenía que estar a la espera que Joseba García Izaguirre (hermano de Koldo) que era su jefe, le llamara para trabajar y que nunca la llamó para trabajar. 

PRUEBA

 

Se adjunta como prueba documental la transcripción literal de su declaración el 27 de Febrero de

2025 ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo en la causa especial 20775/2020 donde se

corrobora a preguntas del juez y del Ministerio Público, que no acudió nunca al trabajo, que no

obstante percibió durante esos 3 años el SMI y que por supuesto no sabía donde estaba su puesto de trabajo de auxiliar administrativo.

Documento número 2

 

MODUS OPERANDI 

Es el mismo modus operandi que la contratación de David Sánchez, hermano del Presidente del

Gobierno, en la instrucción que se está llevando a cabo en el Juzgado de Instrucción no 3 de Badajoz y que está ya imputado.

 

INACCIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO 

El denunciante presenta esta denuncia ante la inacción del Ministerio Público. Se ha producido un

escándalo de magnitud nacional e internacional con una repercusión mediática descomunal, incluidas redes sociales.

El Ministerio Público tendría que haber actuado con celeridad en unos hechos que no son dudosos, que no tienen ni siquiera la presunción de inocencia ya que la denunciada Jessica Rodríguez ha dicho la verdad como testigo en sede judicial.

 

ILÍCITOS PENALES

NOMBRAMIENTOS ILEGALES

(ARTÍCULO 405 DEL C.P.) 

El tipo proclama tres formas singulares de instituir ilegalmente a una persona en la cualidad de una

función pública sin reunir los requisitos legales para ello:

a- Nombramiento en iguales condiciones de ilegalidad.

b- Nombrar indebidamente a un funcionario públicos.

c- Dar posesión a quien ha sido ilegalmente nombrado.

El bien jurídico protegido, está constituido por el acceso a la función pública en condiciones legales.

(ARTÍCULO 406 DEL C.P.)

 

La misma pena de multa se impondrá a la persona que acepte la propuesta, nombramiento o toma de

posesión mencionada en el artículo anterior, sabiendo que carece de los requisitos legalmente exigibles

 

MALVERSACIÓN DE CAUDALES PÚBLICOS

 (ARTÍCULO 432 DEL C.P.)

 

El bien jurídico protegido, es el correcto funcionamiento de la Administración pública. Se trata de

un delito contra el patrimonio de la Administración pública.

Los elementos del delito son:

a- Cualidad del funcionario público o autoridad de la gente.

b- Facultad decisoria.

c- Caudales que tienen la consideración de públicos.

d- Sustrayendo o consintiendo que otros sustraiga dichos caudales.

e- No se exige el lucro personal del sustractor, sino su actuación se refiera al beneficio de un

tercero (STS-1374/202009 de 29 de Diciembre).

f- Es suficiente el dolo genérico.

 

CONTRA EL DERECHO DE LOS TRABAJADORES

(ARTÍCULOS 311 Y 312 DEL C.P.)

 

El artículo 311 del Código Penal protege las condiciones mínimas exigibles e irrenunciables de la

contratación laboral. Además, garantiza la indemnidad de la relación laboral mediante la sanción de

las conductas que atenten de forma más grave contra los derechos y condiciones laborales de las personas trabajadoras.

1. Serán castigados con las penas de prisión de dos a cinco años y multa de seis a doce meses, los

que trafiquen de manera ilegal con mano de obra.

2. En la misma pena incurrirán quienes recluten personas o las determinen a abandonar su puesto de

trabajo ofreciendo empleo o condiciones de trabajo engañosas o falsas, y quienes empleen a

súbditos extranjeros sin permiso de trabajo en condiciones que perjudiquen, supriman o restrinjan

los derechos que tuviesen reconocidos por disposiciones legales, convenios colectivos o contrato individual.

En su virtud:

SOLICITO de ese juzgado admita la presente denuncia y se proceda a la apertura de las correspondientes diligencias penales.

Es justicia que pido en Madrid a 1 de Marzo de 2025

Miguel Bernad Remón, Secretario General de Manos Limpias

OTROSÍ DIGO: Diligencias a practicar

Testifical: Declaración de los denunciados

Documental:

a.- Los contratos de INECO y  TRAGSATEC con la denunciada Jessica Rodríguez.

b.- Currículum Vitae presentado por la denunciada Jessica Rodríguez.

c.- Las RPT de ambas empresas públicas.

d.- El expediente de contratación de Joseba García Izaguirre.

e.- El expediente de autorización de residencia y/o trabajo de la denunciada Jessica Rodríguez

Y CUANTAS INTERESEN AL MINISTERIO PÚBLICO.

OTROSÍ DIGO:

Que se cite al denunciante para ratificarse en la denuncia ya que su intención es transformarla en

querella con el requisito de postulación de abogado y procurador.

Es justicia que pido en Madrid a 1 de Marzo de 2025

Miguel Bernad Remón, Secretario General de Manos Limpias