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DEMANDA POR LLAMAR “MANOS SUCIAS” A MANOS LIMPIAS

DEMANDA POR LLAMAR “MANOS SUCIAS” A MANOS LIMPIAS

DEMANDA POR LLAMAR “MANOS SUCIAS” A MANOS LIMPIAS

DEMANDA POR LLAMAR “MANOS SUCIAS” A MANOS LIMPIAS

La Sección Séptima del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha admitido a trámite la demanda interpuesta por Manos Limpias contra un funcionario destinado en el Juzgado Central de Instrucción 1 de la Audiencia Nacional por llamar “Manos Sucias” al colectivo de funcionarios públicos en presencia de varios testigos, al entender que esa denominación es “claramente despectiva” y muestra una “animosidad” del citado empleado público. Éste ha sido el encargado de la tramitación del procedimiento en el que están incursos el sindicato y su secretario general, Miguel Bernad.

Uno de los episodios tuvo lugar el pasado 11 de mayo, cuando el abogado de Bernad y una procuradora se personaron en el juzgado para solicitar copia de declaraciones. Entonces se produjo la siguiente conversación, según ha transcrito el propio funcionario demandado en el escrito enviado a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM que tramita la demanda:

Funcionario.-Están colgadas en la plataforma ‘Cloud’. Ya se lo he notificado a su procuradora.
Abogado.-Precisamente por eso, porque recibo notificaciones de las dos procuradoras.

F.-No. La otra es la de ‘Manos Sucias’ (no me dio tiempo a terminar la frase cuando me di cuenta de la imprudencia y de la metedura de pata, precisamente por quien era el oyente de la desgraciada expresión).

El funcionario asegura que “inmediatamente” le pidió disculpas por la “ligereza” de la expresión empleada y por la “indiscreción” del término al abogado de Bernad. “Consciente de mi error y del desacertado y desafortunado juego de palabras no quise seguir discutiendo, tanto es así que ni le hice comentario alguno a sus comentarios sobre mi ineducación”, ha admitido el tramitador judicial.

Manos Limpias entiende que el funcionario ha incurrido en falta tipificada como “grave” en el Reglamento General del Régimen Disciplinario del Personal al Servicio de la Administración de Justicia, por lo que pide que se le sancione con suspensión de empleo y sueldo por un plazo de un año o subsidiariamente con el traslado forzoso a otro juzgado fuera de la ciudad de Madrid por idéntico plazo.