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GRAVE ESCÁNDALO CON UN INFORME DE LA UDEF
Miguel Bernad Remón, con DNI xxxxx con domicilio en xxxxx, en su condición de persona física y como Secretario General de Manos Limpias, formula, por el presente escrito:
DENUNCIA
Contra el Fiscal de la Audiencia Nacional, José Perals Calleja, por IMPRUDENCIA GRAVE en el cumplimiento de sus funciones (en la guardia y custodia de documentos y ocultación y retención de los mismos) en el procedimiento D.P 132/2015 que se instruyó en el Juzgado Central de Instrucción nº1 de la Audiencia Nacional.
La presente denuncia, se basa en la siguiente:
RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DE HECHOS
PRIMERO: Contra el denunciante y once investigados más, se incoaron las DP 132/2015 por el Juzgado Central de Instrucción nº1 de la Audiencia Nacional.
SEGUNDO: El iter cronológico de esta denuncia es el siguiente:
A. El dos de febrero de 2015 una denuncia anónima se presenta ante la Sección de Fraude Financiero, del grupo dos de la UDEF.
B. El nueve de febrero de 2015, esto es tan solo siete días después, el Jefe de la Sección de Fraude de la UDEF, José Luis André Vega, remite oficio con el informe (Nº 3380) elaborado a la Fiscalía de la Audiencia Nacional.
C. El trece de febrero de 2015 la Fiscalía, recepciona el informe.
D. El veintitrés de febrero de 2015, la Fiscalía incoa diligencias.
E. En junio de 2016, se levanta el secreto del sumario y donde el denunciante y el resto de los imputados, se encuentra con el informe de la UDEF Nº 3380 que consta de dieciséis folios, sin firma alguna y donde claramente se constata que está incompleto.
F. Por el denunciante y demás investigados se solicita reiteradamente del Juzgado, se complete el informa por ser fundamental para las defensas.
G. Las respuestas son negativas, puesto que no se responden.
H. EL VEINTINUEVE DE SEPTIEMBRE DE 2019 SE PRACTICA UNA DILIGENCIA DE CONSTANCIA POR PARTE DE LA FUNCIONARIA DEL JUZGADO, DÑA. MONTSERRAT GARCÍA DIEZ, DONDE REMITE AL DENUNCIADO EL INFORME ORIGINAL COMPLETO Y CON FIRMA.
I. Las sorpresa del denunciante y del resto de los investigados, es mayúscula cuando el día veintinueve de enero de 2020, esto es cuatro meses después, EN LA FASE QUE SE CONOCE COMO “CUESTIONES PREVIAS “ a la celebración del juicio oral, el denunciado, “se saca de las puñetas” las hojas que faltaban del informe original con la firma correspondiente del miembro de la UDEF (96.902)
TERCERO: La pregunta a responder es ¿por qué durante cinco años estuvo el informe mutilado?. ¿Por qué aparece en Septiembre (29/09/2019)? ¿Y por qué se entrega el día 29 de enero de 2020?.
CUARTO: Un hecho ha quedado constatado cuando el denunciante ha analizado el documento completo: Las conclusiones de ese informe de la UDEF, manifiestan “tras una breve comprobación de los hechos, se constata una cierta verosimilitud de lo denunciado en la denuncia anónima (Villarejo) y habría que incidir en más averiguaciones”.
Con ese informe no se podía judicializar el proceso, al carecer de un mínimo sustento y por ello, se ocultan las conclusiones hasta que se cerró la instrucción y no había posibilidad de impugnarlo.
La Fiscalía acepta imprudentemente ese debilísimo informe e incoa diligencias.
ART. 24 TEXTO CONSTITUCIONAL
Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de jueces y tribunales, sin que en ningún caso, puede producirse indefensión.
Todos los ciudadanos tienen derecho con todas las garantías a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa.
Es clamoroso, que ese informe inicial del que dimana el proceso 132/2015, al estar MUTILADO Y RETENIDO DURANTE CASI CINCO AÑOS ha perjudicado al denunciante y al resto de los investigados.
OBLIGACIÓN DE GUARDA Y CUSTODIA DE LOS DOCUMENTOS
Cualquier funcionario desde la más mínima categoría y con mucha más razón esa obligación la debe cumplir exquisitamente funcionarios del alto nivel, como es el caso del denunciado.
No solo no se custodia, sino también se permite su mutilación y retención del mismo, sin entrega a las defensas.
QUIEBRA DE LA CADENA DE CUSTODIA
RECEPCIÓN DE UN IFORME FUNDALMENTAL INCOMPLETO, OCULTACIÓN DEL INFORME ORIGINAL Y ENTREGA DEL MISMO CUANDO YA HABÍA CONCLUIDO LA FASE DE INSTRUCCIÓN.
Es evidente que todas estas ilegalidades VICIAN EL PROCESO, MÁXIME CUANDO EL ORIGEN DEL PROCEDIMIENTO DIMANA DE ESE INFORME
GRAVEDAD DEL HECHO
Se acrecienta cuando el denunciado pide penas de hasta 115 años de prisión y responsabilidades pecuniarias millonarias.
Al denunciante, se le piden 25 años prisión.
ESTOS HECHOS Y COMPORTAMIENTOS SON CONSTITUTIVOS DE:
A.- UNA IMPRUCENCIA GRAVE, NO SOLO UNA SIMPLE NEGLIGENCIA.
B.- UNA MALA FE AL OCULTAR EL INFORME ORIGINAL Y COMPLETO DESE EL MES DE SEPTIEMBRE DE 2019 HASTA EL 29 DE ENERO DE 2020.
C.- SI DE LAS DILIGENCIAS QUE SE PRACTIQUEN QUEDARA ACREDITADO ESTE COMPORTAMIENTO ESTARÍAMOS ANTE UN DELITO.
EN DEFENSA DE UNA JUSTICIA GARANTISTA
En los momentos cruciales por los que esta atravesando el Poder Judicial y en concreto el Ministerio Público, donde se cuestionan sus actuaciones en diversos proceso, aparece claro un caso flagrante de un fiscal de la Audiencia Nacional, en un proceso mediático y donde el escáldalo puede mermar aún más la credibilidad de los ciudadanos en las Instituciones, es por ello que este escándalos hecho no debe quedar impune.
Cuando derechos fundamentales como los establecidos en el Art. 24 de nuestra Carta Magna han sido violentados y vulnerados por el denunciado.
En su virtud,
SOLICITO DE ESA FISCALÍA, que a través del órgano competente, se proceda a la apertura de diligencias informativas contra el denunciado.
Es justicia que pido en Madrid, 03 de febrero de 2020
Fdo.: Miguel Bernad Remón
OTROSÍ DIGO:
1º) Esta parte denunciante puede aportar el video donde se dirimieran las cuestiones previas.
2º) Esta denuncia no supone ninguna estratagema ante el proceso, se efectúa en términos estrictos de defensa del denunciante.
Es justicia que reitera.
En Madrid a 03 de febrero de 2020
LEER EN:
http://ramblalibre.com/2020/02/03/grave-escandalo-con-un-informe-de-la-udef/
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