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Aplicación del Código Penal de manera selectiva con criterios de oportunidad y conveniencia

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Aplicación del Código Penal de manera selectiva con criterios de oportunidad y conveniencia

Aplicación del Código Penal de manera selectiva con criterios de oportunidad y conveniencia

El fiscal general del estado, o del gobierno (que no es lo mismo), manifestó recientemente con motivo de los acontecimientos del proceso separatista en Cataluña, lo siguiente: “No se puede imputar a todos los que son, puesto que es preciso seleccionar, para no perder eficacia”. Esta afirmación me parece gravísima, pues supone: a). La vulneración de un precepto constitucional, el de la igualdad de todos los españoles ante la Ley. b). La violación del principio de seguridad jurídica. Que en un “estado de derecho” y lo digo entre comillas, se esté aplicando el Código Penal de forma selectiva, es lisa y llanamente, como mínimo, un auténtico disparate y pone en clara y manifiesta evidencia que en nuestro ordenamiento jurídico no existen los mecanismos adecuados para garantizar la correcta aplicación de los principios constitucionales de igualdad de todos los españoles ante la Ley, y el principio de seguridad jurídica. Y que esto lo diga el fiscal general del estado, o por lo menos del gobierno, es francamente preocupante… *Jurista y secretario general de Manos Limpias. http://www.alertadigital.com/2017/11/06/aplicacion-del-codigo-penal-de-manera-selectiva-con-criterios-de-oportunidad-y-conveniencia/