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EL FIASCO DEL CATÁLOGO DE PUESTOS TIPO DE LA JUNTA DE CASTIL

EL FIASCO DEL CATÁLOGO DE PUESTOS TIPO DE LA JUNTA DE CASTIL

EL FIASCO DEL CATÁLOGO DE PUESTOS TIPO DE LA JUNTA DE CASTIL

EL FIASCO DEL CATÁLOGO DE PUESTOS TIPO DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

Desde el Sindicato de Funcionarios Públicos Manos Limpias, una vez conocidas las sentencias “demoledoras para la Junta de Castilla y León”, anulando el Catálogo de Puestos Tipo (CPT) que afecta a todos los funcionarios de la Junta de Castilla y León, hemos solicitado a la Viceconsejera de Función Pública y Gobierno Abierto una reunión con carácter de urgencia, para que nos aclare el alcance de estas sentencias, y si las van a recurrir en Casación, si van a empezar a NEGOCIAR  con las Centrales Sindicales otro Catálogo de Puestos Tipo (CPT), si lo van a aprobar por DECRETO, y que consecuencias tienen para las RPTs y el concurso abierto y permanente.

Hay que tener en cuenta que en base a este catálogo se articula la plantilla, las Relaciones de Puestos de Trabajo (RPT) y los puestos vacantes de empleo público que salen a concurso y oposición. La plantilla de personal funcionario y laboral es el instrumento de coordinación entre la estructura de la función pública y las decisiones presupuestarias. Las RPTs son el conjunto ordenado de puestos de trabajo mediante el que se determina la cantidad de efectivos que han de prestar servicios en cada órgano o unidad administrativa en que se estructura la Administración de la Comunidad.

Pedimos que este Catálogo de Puestos Tipo esté acorde con los que tiene otras Comunidades Autónomas, donde por ejemplo: en todas se mantiene la figura del Jefe de Negociado, como siempre se ha conocido, sin ser sustituido por el de Gestor Administrativo.

¿A quién se le habrá ocurrido? A alguien que no ha visto nunca un CPT ni una RPT y que se ha inventado ese término creando un tótum revolútum, entre todos los Jefe de Negociado, dejándoles a disposición del Jefe/a de Servicio de turno para que puedan desarrollar unas funciones u otras y en función de las simpatías que tengan por una u otra persona, y así poderla  mover a su antojo, de sección en sección.

Hay que tener en cuenta que a los Jefes de Sección estas modificaciones también les afecta, ya que para organizar sus Secciones no pueden saber nunca con el número de funcionarios con los que pueden contar de forma estable.

¿Siendo esto una realidad, para que queremos un concurso de traslados Abierto y Permanente, si una vez que te adjudiquen un puesto con destino “definitivo”, no es tal,  pues el Jefe/a te puede poner en cualquier otro según sus gustos y preferencias?

Estas modificaciones, no son buenas para el funcionario, y tampoco para la propia Administración, que por un motivo o por otro, y dados sus constantes cambios no  se mantiene la estabilidad ni en el puesto ni en las funciones.

Entendemos que estas medidas, entre otras, como se recogen en la sentencias son: “la falta de  motivación al no justificarse el hecho de que unos puestos se excluyan del catálogo, otros sean de concurso específico, libre designación, contengan méritos específicos, o se les pueda asignar a varios subgrupos, diferentes complementos específicos, cuando sus funciones genéricas son las mismas, el alegato hace referencia a que no obran en el expediente administrativo las actas de las reuniones de la Mesa de Negociación y del Consejo de la Función Pública.

En otro orden de cosas, la Consejería de Presidencia, sostiene que no hay una motivación que justifique la atribución de determinado nivel de complemento de destino y el establecimiento del complemento específico, estamos ante una disposición general y no ante un acto administrativo, considerando además, que el procedimiento de elaboración de una disposición general da mayores garantías y, por lo tanto, mayor acierto en la regulación que se pretende.

Falta también la justificación, de porqué se ha llevado a cabo una reducción de 700 tipos de puestos de trabajo existentes, ni  cuáles son las razones por las que han pasado a ser  81 y no cualquier otro número.

LEER EN:

https://www.elnortedecastilla.es/castillayleon/castilla-leon-anula-20181227094158-nt.html

http://ultimocero.com/destacada/2019/01/17/tercera-sentencia-tumba-catalogo-puestos-tipo-la-junta/

https://www.abc.es/espana/castilla-leon/abci-juez-tumba-catalogo-junta-puestos-tipo-personal-funcionario-201812270838_noticia.html


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